La transformación del sector legal implica cambiar a una cultura organizativa de innovación.
El sector legal está experimentando un verdadero cambio en la forma en la que se entienden los servicios legales. Desde la salida de la pandemia Sars-CoV-2, grandes firmas de abogados han tratado de empezar a adaptarse a la nueva realidad, hoy las grandes oficinas siguen vacías por que el trabajo en casa resulto ser igual de eficiente que el trabajo de oficina. Asimismo, los abogados independientes y pequeños despachos han visto cómo se les obliga a aprender nuevas tecnologías o estar presentes en los “nuevos espacios” de oferta de servicios.
La iniciativa pública federal por su parte empezó a incursionar en la justicia digital como el juicio en línea con firma electrónica, algunos estados estados están tratando de incursionar en la justicia digital. Es por esto que hoy en día en el sector legal no somos ajenos a la aparición de nuevos servicios tecnológicos que generarán una disrupción en como las empresas y las personas reciben los servicios legales, esos tipos de negocios que, ya sea bajo la forma de consultoría interdisciplinar o una empresa emergente las denominan ASLP o LegalTech.
"Proveedores de Servicios Legales Alternativos, por sus siglas en inglés— está claro que contribuirán a que el ejercicio de la abogacía nunca vuelva a ser como antes"
Todos los proveedores de servicios jurídicos tradicionales tienen ahora el cometido de mantener una eficiencia competitiva en el mercado y el instrumento para hacerlo es la llamada innovación. Visto desde un punto de vista pragmático, los despachos de abogados tienen, al menos, tres posibles motivos por los que innovar: aparición de nuevos modelos de negocio, papel de la tecnología en los servicios y cambios en las actividades comerciales.
¿Cuales son los Servicios Alternativos de Servicios Legales?
Las funciones legales más comunes para las que se alistan los ALSP son el descubrimiento electrónico y la revisión de documentos, la diligencia debida, el cumplimiento, el trabajo de respuesta regulatoria y la gestión del ciclo de vida del contrato.
Comments